Por el bien de todos y debido a las circunstancias excepcionales, se establecen las siguientes normas de obligado cumplimiento:


1.            El aforo máximo del recinto es de 244 personas.

2.            El aforo máximo del espacio vallado del vaso grande de la piscina es de 50 personas y de 10 personas en el vaso pequeño.

3.            Tendrán prioridad las personas que dispongan del bono de temporada.

4.            El obligatorio mantener la distancia de seguridad en todo el recinto, para lo que se repartirán espacios delimitados en la pradera. El mal uso de los separadores se penalizará con la prohibición de acceso.

5.            El acceso mediante reserva se realizará de forma presencial en la propia taquilla de la piscina, el día anterior. La reserva se podrá realizar para 4 personas como máximo, excepto unidades familiares.

6.            No se devolverá el importe de entradas adquiridas mediante reserva previa, en caso de no hacer uso de las mismas en el día señalado.

7.            El aforo que no se complete con reserva previa se pondrá a la venta en taquilla el mismo día.

8.            Se podrá acceder a los vestuarios/aseos, una única persona a la vez, salvo menores que precisen de la ayuda de un adulto.

9.            No está permitido poner toallas en las barandillas.

10.         Se recomienda no utilizar las papeleras, depositando los desperdicios producidos en los contenedores de la entrada.

11.         Para no ocupar más sitio del necesario y no perjudicar a otros usuarios, se usará una toalla por usuario.

 

Todas las personas tienen que cumplir las indicaciones del personal de piscina, socorristas y control de acceso. El incumplimiento de las normas supone la expulsión del recinto.

El Ayuntamiento tiene la potestad de realizar las modificaciones que estime oportunas para salvaguardar la seguridad y otras que dicten que las autoridades sanitarias.