Por el bien de todos y debido a las circunstancias excepcionales, se
establecen las siguientes normas de obligado cumplimiento:
1.
El aforo máximo del recinto es de 244
personas.
2.
El aforo máximo del espacio vallado del
vaso grande de la piscina es de 50 personas y de 10 personas en el vaso
pequeño.
3.
Tendrán prioridad las personas que
dispongan del bono de temporada.
4.
El obligatorio mantener la distancia de
seguridad en todo el recinto, para lo que se repartirán espacios delimitados en
la pradera. El mal uso de los separadores se penalizará con la prohibición de
acceso.
5.
El acceso mediante reserva se realizará de
forma presencial en la propia taquilla de la piscina, el día anterior. La
reserva se podrá realizar para 4 personas como máximo, excepto unidades
familiares.
6.
No se devolverá el importe de entradas
adquiridas mediante reserva previa, en caso de no hacer uso de las mismas en el
día señalado.
7.
El aforo que no se complete con reserva
previa se pondrá a la venta en taquilla el mismo día.
8.
Se podrá acceder a los vestuarios/aseos,
una única persona a la vez, salvo menores que precisen de la ayuda de un
adulto.
9.
No está permitido poner toallas en las
barandillas.
10.
Se recomienda no
utilizar las papeleras, depositando los desperdicios producidos en los
contenedores de la entrada.
11.
Para no ocupar más sitio del necesario y
no perjudicar a otros usuarios, se usará una toalla por usuario.
Todas las personas tienen que cumplir las indicaciones del personal de
piscina, socorristas y control de acceso. El incumplimiento de las normas
supone la expulsión del recinto.
El Ayuntamiento tiene la potestad de realizar las modificaciones que estime
oportunas para salvaguardar la seguridad y otras que dicten que las autoridades
sanitarias.