Los bienes inmuebles de naturaleza rústica, afectos al desarrollo de explotaciones agrícolas o ganaderas que, durante el 2023, hayan visto reducido su rendimiento, tendrán derecho a una exención en el IBI rústico.

Requisitos.

- Ser titular catastral de las fincas.

- Declarar PAC

- Recibos a nombre del solicitante.

PLAZO PREVIO A CARGO DEL RECIBO DEL 3 AL 14 DE JULIO

Información y solicitudes en el Ayuntamiento.