Los bienes inmuebles de naturaleza rústica, afectos al desarrollo de explotaciones agrícolas o ganaderas que, durante el 2023, hayan visto reducido su rendimiento, tendrán derecho a una exención en el IBI rústico.
Requisitos.
- Ser titular catastral de las fincas.
- Declarar PAC
- Recibos a nombre del solicitante.
PLAZO PREVIO A CARGO DEL RECIBO DEL 3 AL 14 DE JULIO
Información y solicitudes en el Ayuntamiento.